Corrupción y Lavado de Activos, dos hermanos muy unidos.

El caso Odebrecht es el mejor ejemplo para el título de este artículo.

Según la investigación del Departamento de Justicia de Estados Unidos de América la constructora más grande de América Latina, Odebrecht habría pagado sobornos a funcionarios públicos de varios gobiernos durante años. Esto ha generado un escándalo que afecta incluso a presidentes y exmandatarios de varios países latinoamericanos.

Según este organismo estadounidense, personas de 12 países recibieron sobornos y la cifra es de casi 788 millones de dólares, donde solamente en Brasil los sobornos de Odebrecht alcanzaron 349 millones y en 11 países de la región ascendieron 439 millones de dólares. En países como Ecuador durante la investigación de los casos de Odebrecht de julio del 2017, se estiman que usó 23 “offshores” para ocultar a beneficiarios finales de los sobornos realizados. 

El delito de lavado de activos tiene una característica muy particular debido a que es obligación del imputado demostrar el origen de los fondos o activos, este argumento es muy utilizado para perseguir los hechos de corrupción, otra de las características del lavado de activos es que la conducta delictiva está acompañada de otro comportamiento ilegítimo.

Los países trabajan en temas normativos para evitar situaciones como la mencionada anteriormente, a continuación se mencionan algunas de ellas:

República Dominicana: Se publicó la ley número 155-17, contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, en ella se menciona que la Persona Políticamente Expuesta (PEP), considerada como personas de alto riesgo, es cualquier individuo que desempeña o haya laborado durante tres años altas funciones públicas por elección o nombramientos ejecutivos entre otros. En el mismo contexto de esta ley y en relación a temas de corrupción es importante señalar la figura del “beneficiario final” que es aquella persona ejerce el control efectivo final sobre una persona jurídica o tenga como mínimo el 20% de capital. En el artículo 2, numeral 11 se menciona al menos 35 delitos precedentes o determinantes, entre los cuales se encuentran la prevaricación y delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, soborno trasnacional, tráfico de influencia, entre otros; esto contribuye al fortalecimiento de la Ley contra la corrupción.

México: Emitió en julio del 2016 la nueva “Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (DOF 18-07-2016)”, el cual tiene como objetivo establecer bases mínimas para hechos de corrupción, fiscalización, rendición de cuentas, del control de los recursos públicos, entre otros.

Colombia: Se ha formado un programa de la Secretaría de Transparencia, llamado “EMPRESAS ACTIVAS ANTICORRUPCIÓN” la cual es una iniciativa para grandes empresas y PYMES para evaluar riesgos de corrupción, organizaciones, responsabilidades, recursos humanos, tomando ejemplo iniciativas como “EMPRESA PRÓ ÉTICA” en Brasil.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en su recomendación No. 10 “Debida Diligencia del Cliente (DDC)” ayuda a verificar el verdadero beneficiario final. Se mencionan el sustento en documentos o datos o información confiable en el proceso de vinculación, para personas jurídicas la institución debe conocer la estructura de titularidad y de control del cliente, entre otros. También la GAFI en su recomendación No. 12 “Personas Expuestas Políticamente” especifica varios puntos para identificar y tratar a los PEPS.

El tener un proceso de vinculación robusto y el conocer el riesgo de cualquier transacción de la institución financiera ayudan a prevenir el lavado de activos provenientes de la corrupción, la respuesta a cada uno de estos movimientos o acciones deben de ser en el momento, para esto se debe contar con tecnologías en tiempo real, matriz de riesgo inherente, modelos de predicción y una lista actualizada de “Personas Políticamente Expuestas” y no solo por su cargo sino por su región, país e historia, así como un riesgo-persona.

El tener un conocimiento del Beneficiario Final y un control de los PEPS viene a fortalecer nuestra Gestión de Cumplimiento y Anticorrupción.

editorial agosto 2017

Roger González, Gerente Desarrollo de Negocios